El Impuesto sobre Sociedades (IS) es el principal tributo que grava la renta de las personas jurídicas en España. Conocer sus fundamentos, tipos aplicables y deducciones disponibles es esencial para cualquier empresa que opere en territorio español.
Tipo impositivo general
El tipo general del IS en España es del 25% sobre la base imponible. Sin embargo, existen regímenes especiales:
| Tipo de entidad | Tipo aplicable | |---|---| | Tipo general | 25% | | Entidades de nueva creación (primeros 2 años con base positiva) | 15% | | Cooperativas fiscalmente protegidas | 20% | | Entidades sin ánimo de lucro | 10% | | Entidades de crédito y de exploración de hidrocarburos | 30% |
Plazo de presentación
La declaración del IS (modelo 200) debe presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo.
Para la mayoría de empresas con ejercicio cerrado a 31 de diciembre, esto supone presentar la declaración entre el 1 y el 25 de julio.
Deducciones más relevantes
Deducción por I+D+i
Una de las más potentes del sistema fiscal español. Las empresas pueden deducir:
- 25% de los gastos del período en I+D (hasta el 50% de la cuota íntegra si se han incrementado)
- 42% si los gastos superan la media de los 2 años anteriores
- 12% por gastos en actividades de innovación tecnológica
Deducción por inversión en producciones cinematográficas
Hasta el 30% del primer millón de euros y el 25% del exceso, aplicable a producciones españolas y europeas.
Deducción por creación de empleo
Las empresas que contraten a trabajadores con discapacidad pueden deducir entre 9.000 y 12.000 euros por cada persona con discapacidad contratada.
Pagos fraccionados
Las empresas están obligadas a realizar tres pagos fraccionados a cuenta del IS:
- 1er pago: abril (modelo 202)
- 2º pago: octubre (modelo 202)
- 3er pago: diciembre (modelo 202)
Existen dos métodos de cálculo:
Modalidad 1 (base): 18% de la cuota íntegra del último período declarado.
Modalidad 2 (porcentaje sobre parte de base): aplicable a empresas con cifra de negocios superior a 6 millones de euros en los últimos 12 meses.
Novedades 2024
Tipo mínimo del 15% para grandes grupos
Las empresas con facturación superior a 750 millones de euros están sujetas al tipo mínimo global del 15% establecido por la directiva Pilar 2 de la OCDE, transpuesta al ordenamiento español.
Limitación a la compensación de bases imponibles negativas
Las grandes empresas con INCN superior a 20 millones de euros mantienen la limitación a la compensación de bases negativas del 50% y 25% según el volumen de negocio.
Recomendaciones prácticas
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Planifique con antelación: las deducciones del IS requieren documentación específica. No espere al cierre del ejercicio para identificarlas.
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Evalúe el régimen de consolidación fiscal: si su grupo tiene varias sociedades en España, la tributación consolidada puede ser muy ventajosa.
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Revise los precios de transferencia: las operaciones entre empresas vinculadas deben valorarse a precios de mercado y documentarse correctamente.
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Considere la patent box: los ingresos procedentes de activos intangibles pueden beneficiarse de una reducción del 60% en la base imponible.
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